"La dignidad humana es como el leitmotiv del bioderecho o, en otras palabras, su principio eminente."

Roberto Andorno


"La noción de dignidad humana juega dos roles diversos y complementarios en
bioética: uno, como principio general de carácter jurídico-político, que sirve de fundamento último y de guía de las normas jurídicas relativas a la biomedicina; otro,
como estándar moral del trato debido al paciente y que está llamado a operar de modo muy concreto en la relación paciente-profesional de la salud.

La dignidad como principio general ocupa un lugar central en los instrumentos
legales sobre cuestiones de bioética. Básicamente reitera la noción, ya presente en las
normas internacionales de los derechos humanos, según la cual cada ser humano
posee un valor inherente. Este recurso a la dignidad humana no tiene por objeto dar
por sí solo una respuesta a los complejos dilemas bioéticos. Mucho más modestamente, aspira a dejar en claro cuál es el fundamento último de las normas legales en la materia y, al mismo tiempo, a indicar la dirección hacia la que se debe avanzar. Por ello, la referencia a la dignidad humana se combina con el recurso a una amplia gama de derechos humanos relacionados con la materia, que brindan una manera más efectiva y práctica de abordar las cuestiones de bioética.

La dignidad como estándar moral de la atención sanitaria refleja una visión
concreta del paciente como persona y del trato que, como tal, se merece. Opera primordialmente en el ámbito de la interacción entre pacientes y profesionales de la salud. La importancia de la dignidad en este contexto resulta de la especial vulnerabilidad que suele afectar a los pacientes. Este estándar exige de médicos, enfermeras y personal hospitalario la realización de todos los esfuerzos conducentes a promover activamente la dignidad de los pacientes y a evitar todas las conductas que puedan afectar su autoestima."

Roberto Andorno
(2019). La dignidad humana como principio biojurídico y como estándar moral de la relación médico-paciente. Arbor, 195 (792): a501.
https://doi.org/10.3989/arbor.2019.792n2002 Recibido: 30 septiembre 2015. Aceptado: 28 abril 2016.
Copyright: © 2019 CSIC. Este es un artículo de acceso abierto distribuido bajo los términos de la licencia de uso y distribución Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional (CC BY 4.0). ** Universidad de Zúrich. ORCID iD: https://orcid.org/0000-0003-2070-8703  roberto.andorno@uzh.ch 



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